Fondo Para Protección del Cliente
La misión del fondo
En el año 1961, el Tribunal Supremo del estado de Arizona
estableció un Client Protection Fund ó fondo para protección del
cliente (CPF). El propósito de este fondo es promover la
confianza pública en la administración de justicia y preservar la
integridad de la profesión legal por medio de un sistema de
reembolso a las personas que sufrieron una pérdida monetaria
causada por la conducta deshonesta de abogados admitidos y
licenciados para ejercer la profesión de abogado en el estado de
Arizona.
Qué es el fondo para protección del cliente y cómo se
sostiene?
El Client Protection Fund es un "trust" que existe como entidad
separada del State Bar de Arizona. La Junta Directiva del
Client Protection Fund recibe, mantiene, maneja y desembolsa dinero
del fondo. El fondo es una entidad de caridad y no recibe
fondos provenientes de impuestos. Cada abogado con licencia
para ejercer su profesión en Arizona contribuye una cantidad anual
a este fondo. Este dinero se invierte, permitiendo que el
fondo satisfaga reclamos. Este fondo puede pagar hasta
$250.000 para reclamos en contra de un abogado, y hasta $100.000 a
una persona agraviada.
Quién administra el fondo?
El fondo lo administra una Junta de Directores del Client
Protection Fund. Actualmente esta junta tiene cinco
directores: cuatro son abogados. Los directores son
designados por el Directorio de Gobernadores del State Bar de
Arizona. Los directores trabajan como voluntarios sin recibir
compensación. Los directores pueden donar sus servicios al
fondo por dos términos de cinco años cada uno. Los directores
que no son abogados sólo pueden prestar sus servicios a este fondo
por un plazo único de cinco años. Todos los directores que
son abogados deben haber ejercido el derecho en el estado de
Arizona por un periodo mínimo de diez años. Además, personal
del State Bar de Arizona asiste a los directores con el
procesamiento de los reclamos.
Los directores evalúan los reclamos, determinan si el reclamante
tiene derecho a una recompensa y procede con la compensación en el
caso de ser justificado. Los directores invierten dinero del
fondo de acuerdo con las políticas de inversión de la Junta de
directores. Todos los años se prepara un informe anual que se
presenta al Tribunal Supremo de Arizona y a la Junta de
Gobernadores. Este informe se encuentra disponible para el
público general en el sitio de red del State Bar.
Quién puede recibir dinero del fondo?
● Personas que han entrado en una relación de cliente con
un abogado.
● Personas con una relación fiduciaria con un abogado,
relacionado con la práctica del derecho, tal como un administrador,
un representante personal, ejecutor testamentario, tutor o
curador.
Quién no puede recibir dinero del fondo?
● El cónyuge del abogado, ya fuera cónyuge actual o cónyuge con
divorcio.
● El hijo, padre, nieto, abuelo o hermano del abogado, ya fuera
por sangre o por vínculo legal.
● Socios, asociados, socios de valores de bolsa o empleados del
abogado
● Cualquier agencia de fianzas o seguridades
● Cualquier entidad de negocios controlado por el abogado
● Cualquier agencia o entidad de gobierno
● Proveedores de servicios médicos u otras terceras personas con
reclamos en contra del abogado
● Los directores pueden aprobar el pago de un reclamo presentado
por una entidad de negocios de familia, operada por miembros de la
familia
● Compañías grandes y sociedades anónimas no se consideran
entidades con derecho a reclamar compensación.
Qué clase de pérdidas se pueden compensar?
● Pérdidas causadas por "conducta deshonesta" de un
abogado. Estas incluyen:
● Actos de naturaleza deshonesta como el hurto o la malversación
de fondos
● La adquisición o conversión deshonesta de dinero, propiedad u
otros bienes de valor
● Falta de devolución de honorarios que se recibieron por
adelantado pero que el abogado no debe cobrar ya que éste no
cumplió con la ejecución de los servicios prometidos, convirtiendo
el acto de no devolver los honorarios en un acto de quedarse con lo
que no es de uno o un acto de conversión inapropiada.
● El acto de un abogado que es intencionalmente deshonesto o
engañoso que lleva a la pérdida de dinero o propiedad.
Qué tipo de pérdidas no son susceptibles a
compensación?
● Reclamos por negligencia, incompetencia o malapraxis de un
abogado
● Reclamos basados en disputas con un abogado sobre
honorarios cobrados por el abogado cuando éste cumplió con más de
una parte insignificante del trabajo contratado.
● Dinero perdido que el reclamante entregó a un abogado en
concepto de inversión o para cualquier otro propósito que no
surgió de la relación abogado con su cliente
● Reclamos de compensación por tasas de interés, honorarios
legales abonados a otros abogados, daños, u otros gastos
● Reclamos tocante un abogado que no era miembro en buena
posición del State Bar en el momento de su conducta deshonesta,
i.e., hace más de seis meses que el State Bar ha disciplinado al
abogado.
Hay un límite de tiempo para presentar un
reclamo?
Un reclamo debe presentarse dentro de los cinco años contados a
partir del día en que el cliente se enteró o debió haberse enterado
de la conducta deshonesta del abogado. Los directores pueden
elegir, por su propia voluntad, aceptar un reclamo que se presentó
después de vencido el periodo de tiempo estipulado.
Qué pasa cuando presento mi reclamo?
El administrador del Client Protection Fund revisa su
reclamo. Si se requiere información adicional, el
administrador le escribirá una carta en la cual le pedirá
información específica. Una vez que se hubiere presentado
toda la documentación requerida, el administrador decidirá si se
debe considerar su reclamo. Dicha decisión se basará en lo
siguiente:
- Si el administrador del Client Protection Fund decide que su
reclamo no debe ser aceptado para consideración, el reclamante
recibirá una notificación de insuficiencia que detalla las razones
por las cuales el reclamo no cumplió con los requisitos necesarios
para consideración. El reclamante tendrá 30 días contados a
partir de la notificación de insuficiencia para pedir que se
reconsidere la decisión. Si el reclamante presenta un pedido
de reconsideración, éste se enviará a la junta de directores que lo
considerará durante su próxima junta. Si la junta de
directores rechaza el reclamo, se le notificará al reclamante por
escrito. Una vez rechazado el reclamo por la junta, no
habrá apelación posible.
- Si el administrador del Client Protection Fund decide que el
reclamo se considerará, se aceptará el reclamo como completo y se
eviará a la junta de directores del fondo. Asimismo, se
enviará una copia del reclamo y la notificación de reclamo al
abogado citado, quien tendrá un plazo de 30 días para
responder. Si se recibe respuesta al reclamo, éste se enviará
a la junta de directores y al reclamante. Se fijará este
reclamo como tema para la próxima junta de directores.
- Si la junta de directores decide pagar un reclamo y el abogado
en cuestión se encuentra en una de la siguientes situaciones por un
periodo de por lo menos seis meses, se emitirá un cheque que se
enviará al reclamante. En estos casos se requiere que el
abogado (1) hubiere fallecido, (2) se hubiere retirado del State
Bar (3) esté en un estado de discapacidad inactiva, (4) hubiere
sido suspendido por un periodo de más de seis meses por el Tribunal
Supremo, (5) hubiere sido suspendido temporalmente, ó (6) condenado
de un delito que surge de los hechos que dieron lugar al
reclamo. Si un reclamo se aprobó pero aún no se hubiere
pagado, se lo mantendrá hasta el momento en que ocurra uno de los
eventos detallados anteriormente que autoriza el pago.
- Si la junta de directores decide rechazar el reclamo, se le
notificará al reclamante la razón del rechazo y se le dará al
reclamante una oportunidad para pedir que se reconsidere la
decisión. Se enviará el pedido de reconsideración a la junta
de directores para su evaluación y la junta llegará a una decisión
final durante su próxima junta de directorio. Se le
notificará al reclamante, por escrito, la decisión de aprobar o
negar el reclamo.
Cuánto tiempo se tardará para procesar mi
reclamo?
Es posible que el proceso de considerar el reclamo tarde de seis
meses a un año debido a los requisitos que se deben cumplir y
teniendo en cuenta el estado del abogado mencionado.
Puedo presentar acusaciones con alguna otra
entidad?
● El Client Protection Fund es una entidad independiente del
State Bar de Arizona. Reclamantes pueden llamar al
Programa de Attorney Consumer Assistance ("A/CAP") al 9602)
340-7280 para obtener más información acerca de cómo presentar
quejas disciplinarias en contra de abogados
● Las personas involucradas en una disputa sobre honorarios
con un abogado pueden contactar al Fee Arbitration Program at (602)
340-7379
● Personas con un reclamo también pueden contactar a la Ofician
del Attorney General al (602) 542-5025 en Phoenix, ó al (520)
628-6504 en Tucson
● Es posible que las personas con reclamos tengan otras
opciones. Es posible que quieran consultar con un abogado
para determinar otras posibilidades de resolución.
Para más información acerca del Client Protection Fund,
contacte a:
Karen Weigand, Client Protection Fund Administrator
karen.weigand@staff.azbar.org
(602) 340-7286
866-482-9227 (sin cobro)
El Client Protection Fund Claim for Relief and Declaration of
Trust, se pueden bajar del Internet en: http://www.azbar.org/cpf/.