Fondo Para Protección del Cliente

La misión del fondoGuia Para Cuidar al Cliente

En el año 1961, el Tribunal Supremo del estado de Arizona estableció un Client Protection Fund ó fondo para protección del cliente (CPF).  El propósito de este fondo es promover la confianza pública en la administración de justicia y preservar la integridad de la profesión legal por medio de un sistema de reembolso a las personas que sufrieron una pérdida monetaria causada por la conducta deshonesta de abogados admitidos y licenciados para ejercer la profesión de abogado en el estado de Arizona.

Qué es el fondo para protección del cliente y cómo se sostiene?

El Client Protection Fund es un "trust" que existe como entidad separada del State Bar de Arizona.  La Junta Directiva del Client Protection Fund recibe, mantiene, maneja y desembolsa dinero del fondo.  El fondo es una entidad de caridad y no recibe fondos provenientes de impuestos.  Cada abogado con licencia para ejercer su profesión en Arizona contribuye una cantidad anual a este fondo.  Este dinero se invierte, permitiendo que el fondo satisfaga reclamos.  Este fondo puede pagar hasta $250.000 para reclamos en contra de un abogado, y hasta $100.000 a una persona agraviada.

Quién administra el fondo?

El fondo lo administra una Junta de Directores del Client Protection Fund.  Actualmente esta junta tiene cinco directores: cuatro son abogados.  Los directores son designados por el Directorio de Gobernadores del State Bar de Arizona.  Los directores trabajan como voluntarios sin recibir compensación.  Los directores pueden donar sus servicios al fondo por dos términos de cinco años cada uno.  Los directores que no son abogados sólo pueden prestar sus servicios a este fondo por un plazo único de cinco años.  Todos los directores que son abogados deben haber ejercido el derecho en el estado de Arizona por un periodo mínimo de diez años.  Además, personal del State Bar de Arizona asiste a los directores con el procesamiento de los reclamos.

Los directores evalúan los reclamos, determinan si el reclamante tiene derecho a una recompensa y procede con la compensación en el caso de ser justificado.  Los directores invierten dinero del fondo de acuerdo con las políticas de inversión de la Junta de directores.  Todos los años se prepara un informe anual que se presenta al Tribunal Supremo de Arizona y a la Junta de Gobernadores.  Este informe se encuentra disponible para el público general en el sitio de red del State Bar.

Quién puede recibir dinero del fondo?

●  Personas que han entrado en una relación de cliente con un abogado.

●  Personas con una relación fiduciaria con un abogado, relacionado con la práctica del derecho, tal como un administrador, un representante personal, ejecutor testamentario, tutor o curador.

Quién no puede recibir dinero del fondo?

● El cónyuge del abogado, ya fuera cónyuge actual o cónyuge con divorcio.

● El hijo, padre, nieto, abuelo o hermano del abogado, ya fuera por sangre o por vínculo legal.

● Socios, asociados, socios de valores de bolsa o empleados del abogado

● Cualquier agencia de fianzas o seguridades

● Cualquier entidad de negocios controlado por el abogado

● Cualquier agencia o entidad de gobierno

● Proveedores de servicios médicos u otras terceras personas con reclamos en contra del abogado

● Los directores pueden aprobar el pago de un reclamo presentado por una entidad de negocios de familia, operada por miembros de la familia

● Compañías grandes y sociedades anónimas no se consideran entidades con derecho a reclamar compensación.

Qué clase de pérdidas se pueden compensar?

● Pérdidas causadas por "conducta deshonesta" de un abogado.  Estas incluyen:

● Actos de naturaleza deshonesta como el hurto o la malversación de fondos

● La adquisición o conversión deshonesta de dinero, propiedad u otros bienes de valor

●  Falta de devolución de honorarios que se recibieron por adelantado pero que el abogado no debe cobrar ya que éste no cumplió con la ejecución de los servicios prometidos, convirtiendo el acto de no devolver los honorarios en un acto de quedarse con lo que no es de uno o un acto de conversión inapropiada.

● El acto de un abogado que es intencionalmente deshonesto o engañoso que lleva a la pérdida de dinero o propiedad.

Qué tipo de pérdidas no son susceptibles a compensación?

● Reclamos por negligencia, incompetencia o malapraxis de un abogado

●  Reclamos basados en disputas con un abogado sobre honorarios cobrados por el abogado cuando éste cumplió con más de una parte insignificante del trabajo contratado.

● Dinero perdido que el reclamante entregó a un abogado en concepto de  inversión o para cualquier otro propósito que no surgió de la relación abogado con su cliente

● Reclamos de compensación por tasas de interés, honorarios legales abonados a otros abogados, daños, u otros gastos

● Reclamos tocante un abogado que no era miembro en buena posición del State Bar en el momento de su conducta deshonesta, i.e., hace más de seis meses que el State Bar ha disciplinado al abogado.

Hay un límite de tiempo para presentar un reclamo?

Un reclamo debe presentarse dentro de los cinco años contados a partir del día en que el cliente se enteró o debió haberse enterado de la conducta deshonesta del abogado.  Los directores pueden elegir, por su propia voluntad, aceptar un reclamo que se presentó después de vencido el periodo de tiempo estipulado.

Qué pasa cuando presento mi reclamo?

El administrador del Client Protection Fund revisa su reclamo.  Si se requiere información adicional, el administrador le escribirá una carta en la cual le pedirá información específica.  Una vez que se hubiere presentado toda la documentación requerida, el administrador decidirá si se debe considerar su reclamo.  Dicha decisión se basará en lo siguiente:
           

  • Si el administrador del Client Protection Fund decide que su reclamo no debe ser aceptado para consideración, el reclamante recibirá una notificación de insuficiencia que detalla las razones por las cuales el reclamo no cumplió con los requisitos necesarios para consideración.  El reclamante tendrá 30 días contados a partir de la notificación de insuficiencia para pedir que se reconsidere la decisión.  Si el reclamante presenta un pedido de reconsideración, éste se enviará a la junta de directores que lo considerará durante su próxima junta.  Si la junta de directores rechaza el reclamo, se le notificará al reclamante por escrito.   Una vez rechazado el reclamo por la junta, no habrá apelación posible. 
  • Si el administrador del Client Protection Fund decide que el reclamo se considerará, se aceptará el reclamo como completo y se eviará a la junta de directores del fondo.  Asimismo, se enviará una copia del reclamo y la notificación de reclamo al abogado citado, quien tendrá un plazo de 30 días para responder.  Si se recibe respuesta al reclamo, éste se enviará a la junta de directores y al reclamante.  Se fijará este reclamo como tema para la próxima junta de directores.
  • Si la junta de directores decide pagar un reclamo y el abogado en cuestión se encuentra en una de la siguientes situaciones por un periodo de por lo menos seis meses, se emitirá un cheque que se enviará al reclamante.  En estos casos se requiere que el abogado (1) hubiere fallecido, (2) se hubiere retirado del State Bar (3) esté en un estado de discapacidad inactiva, (4) hubiere sido suspendido por un periodo de más de seis meses por el Tribunal Supremo, (5) hubiere sido suspendido temporalmente, ó (6) condenado de un delito que surge de los hechos que dieron lugar al reclamo.  Si un reclamo se aprobó pero aún no se hubiere pagado, se lo mantendrá hasta el momento en que ocurra uno de los eventos detallados anteriormente que autoriza el pago.
  • Si la junta de directores decide rechazar el reclamo, se le notificará al reclamante la razón del rechazo y se le dará al reclamante una oportunidad para pedir que se reconsidere la decisión.  Se enviará el pedido de reconsideración a la junta de directores para su evaluación y la junta llegará a una decisión final durante su próxima junta de directorio.  Se le notificará al reclamante, por escrito, la decisión de aprobar o negar el reclamo.

Cuánto tiempo se tardará para procesar mi reclamo?

Es posible que el proceso de considerar el reclamo tarde de seis meses a un año debido a los requisitos que se deben cumplir y teniendo en cuenta el estado del abogado mencionado.

Puedo presentar acusaciones con alguna otra entidad?

● El Client Protection Fund es una entidad independiente del State Bar de Arizona.  Reclamantes  pueden llamar al Programa de Attorney Consumer Assistance ("A/CAP") al 9602) 340-7280 para obtener más información acerca de cómo presentar quejas disciplinarias en contra de abogados

● Las personas involucradas en una disputa sobre honorarios con un abogado pueden contactar al Fee Arbitration Program at (602) 340-7379

● Personas con un reclamo también pueden contactar a la Ofician del Attorney General al (602) 542-5025 en Phoenix, ó al (520) 628-6504 en Tucson

● Es posible que las personas con reclamos tengan otras opciones.  Es posible que quieran consultar con un abogado para determinar  otras posibilidades de resolución.

Para más información acerca del Client Protection Fund, contacte a:

            Karen Weigand, Client Protection Fund Administrator
            karen.weigand@staff.azbar.org
            (602) 340-7286
            866-482-9227 (sin cobro)

El Client Protection Fund Claim for Relief and Declaration of Trust, se pueden bajar del Internet en: http://www.azbar.org/cpf/.